Prevención de la infección por virus Ébola

Según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) el control y prevención del virus del Ébola se basa en tres pilares fundamentales:
  • Controlar la infección en animales: actualmente no hay vacunas dirigidas a prevenir la infección por virus del Ébola-Reston en animales, es por ello que se deben aplicar métodos químicos de desinfección utilizando hipoclorito de sodio y otros detergentes de forma regular en las granjas de animales como monos y cerdos. Ante la sospecha de cualquier brote del virus los animales deben ponerse en cuarentena o podrían incluso sacrificarse para evitar la transmisión a seres humanos.
  • Disminuir el riesgo de la infección humana: al no existir una vacuna para seres humanos ni tampoco un tratamiento específico contra la infección por el virus del Ébola la educación de la población en riesgo es un arma fundamental. Se deben implementar campañas de concienciación sobre los distintos factores de riesgo y las medidas de protección frente a ellos. En ciertos países africanos, al ocurrir un brote de ébola se activan mecanismos de información y difusión de mensajes para reducir los riesgos de transmisión, los cuales deberán enfocarse en los siguientes aspectos:
    • Disminuir el contacto con animales salvajes que pudieran estar infectados como simios, monos y algunos tipos de murciélagos. Evitar el consumo de carne cruda.
    • Empleo de guantes y prendas protectoras para manipular animales.
    • Utilizar guantes, mascarillas y batas especiales para disminuir el riesgo de transmisión de persona a persona como consecuencia del contacto estrecho con personas infectadas, en particular con sus líquidos corporales.
    • Lavarse las manos frecuentemente, sobre todo después de visitar a familiares enfermos en el hospital, así como después de haber cuidado a enfermos en el hogar.
    • Difundir mensajes de información a la población sobre las características de la enfermedad y de las medidas de control del brote, en particular la inhumación de cadáveres.
  • Prevenir la infección del ébola en los centros de salud: esto se refiere al uso de medidas de aislamiento y utilización de equipos necesarios (guantes, tapabocas, batas) para reducir el riesgo de transmisión desde los enfermos hacia el personal sanitario, como médicos, enfermeras, así como técnicos de laboratorio que manipulan sangre y otros líquidos corporales de los pacientes infectados con el virus.


Principios básicos de preparación para una posible pandemia 

Objeto y ámbito de aplicación
La Comunicación de la Comisión relativa a la coordinación europea en casos de emergencia de salud pública tiene como objetivo general ayudar a los Estados miembros en la elaboración de planes generales respecto de todas las clases de emergencias de salud pública teniendo en cuenta la dimensión europea. La Comunicación y el documento de orientación técnica sientan las bases a partir de las cuales los Estados miembros pueden definir sus propios planes y describen los principales elementos que deben tomarse en consideración en la preparación frente a emergencias de salud pública.
A fin de elaborar los planes nacionales de emergencia en el ámbito de la salud pública, la Comisión describe medidas que deben incorporarse o tenerse en cuenta en dichos planes con respecto a cada uno de los componentes esenciales siguientes: gestión de la información, comunicación, asesoramiento científico, estructuras de enlace, mando y control de las operaciones, preparación del sector sanitario y preparación intersectorial.

Gestión de la información
La gestión de la información afecta a la recogida, el tratamiento, el uso y la difusión de la información vinculada con una emergencia, con el fin de detectar e identificar los peligros y riesgos, verificar la evolución de la emergencia y precisar los medios y recursos disponibles.
Los Estados miembros han de organizar la supervisión sanitaria apropiada antes de que se produzca un incidente. Para ello, las normas de vigilancia de los diferentes ámbitos deben ser detalladas y aplicarse de forma rigurosa. Además, es importante asegurar la colaboración con y entre las distintas fuentes de información (sector de la sanidad pública y fuentes exteriores a este sector, tales como los medios de comunicación, el sector veterinario y los servicios de seguridad).
Comunicación
La gestión de la información implica la distribución puntual de la misma. La infraestructura que hace posible dicha distribución debe crearse por tanto del modo más sólido posible con el fin de mantener en caso de emergencia el funcionamiento de los canales de comunicación cuando algunas formas de comunicación no puedan utilizarse.
Las autoridades públicas deben mantener una comunicación adecuada con el público y los medios de comunicación. Esto supone una buena anticipación de los acontecimientos y la toma de posición de las autoridades públicas en su calidad de fuentes de información principales, si no únicas, sobre los acontecimientos.
La coordinación es en este caso fundamental para transmitir a la población mensajes precisos y coherentes. Los Estados miembros, la Comisión y las agencias comunitarias pertinentes deben trabajar para coordinar del mejor modo su comunicación en caso de crisis.
Asesoramiento científico
En la gestión de la emergencia ha de integrarse la preparación y presentación de asesoramiento científico. Esto implica:
  • el establecimiento de estructuras, en todos los niveles y ámbitos, tales como grupos de expertos o comités;
  • la consulta rápida de la base científica y técnica en materia de evaluación y examen de los riesgos a fin de elaborar opciones de respuesta.
A escala comunitaria, se han establecido mecanismos y estructuras para prestar asesoramiento científico en diferentes sectores:
  • el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (CEPCM);
  • la Agencia Europea de Medicamentos (EMEA);
  • el Centro Común de Investigación (CCI) (EN);
  • la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA);
  • la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA);
  • el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT);
  • la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (OSHA).
En el sector de las enfermedades transmisibles, se han establecido medios para elaborar modelos de predicción coordinada en tiempo real a escala de la Unión Europea, que contribuirán a determinar las acciones más apropiadas para hacer frente a la propagación de la enfermedad y los agentes, y asistir a las autoridades inspirando la política sanitaria pública y su planificación anticipada.
Estructuras de enlace, mando y control de las operaciones
El mando y el control abarcan todas las funciones y operaciones de planificación y respuesta. En particular, las estructuras de mando y control de las operaciones asumen la tarea de atajar la propagación de la enfermedad y la contaminación en la población y el medio ambiente.
Los requisitos para ejercer correctamente el mando y el control incluyen en particular:
  • el conocimiento de la situación en cuanto a víctimas y recursos;
  • la coordinación de la respuesta y la comunicación;
  • el análisis y la gestión de la información.
Las estructuras de mando y de control de las operaciones ayudan a los responsables a realizar su labor eficazmente a pesar de la complejidad de la situación (incertidumbre, información disponible contradictoria o incompleta, etc.). La simulación puede utilizarse en este sentido como una herramienta valiosa para reducir la complejidad y anticipar los resultados.
Los centros de mando y control en los Estados miembros necesitan disponer de sistemas de enlace adecuados con los demás Estados miembros, la Comisión, las agencias comunitarias y las organizaciones internacionales, en especial la Organización Mundial de la Salud (OMS). La Comunidad dispone de muchos sistemas de enlace, la mayoría de los cuales responde a las necesidades de detección y alerta precoz. La notificación de las amenazas para la salud a través del sistema de alerta precoz y respuesta o el sistema comunitario de alerta rápida ante atentados y amenazas biológicos, químicos y radionucleares, puede conducir al reconocimiento de una emergencia para la salud pública y activar las correspondientes estructuras de enlace y coordinación en la UE y dentro de la Comisión Europea. Por otro lado, ésta ha instaurado el sistema ARGUS, que conecta todos los sistemas de alerta rápida comunitarios, y un centro de crisis dotado de las estructuras de coordinación adecuadas.
Preparación del sector sanitario
El estado de preparación del sector sanitario abarca varios aspectos:
  • el intercambio de información entre los Estados miembros sobre los principios nacionales que regulan la planificación (entre otros, la puesta en común de la información sobre las actividades y la ayuda previstas);
  • la puesta en común de los recursos destinados a la investigación epidemiológica y de laboratorio;
  • el refuerzo de los procedimientos para el traslado de pacientes entre Estados miembros;
  • el establecimiento de procedimientos de aislamiento;
  • el desarrollo de nuevos medicamentos e instrumentos médicos; en este ámbito, debe realizarse un esfuerzo a escala comunitaria para garantizar el acceso equitativo a los medicamentos esenciales y la constitución de reservas de tales medicamentos; también es necesaria una estrategia comunitaria para el desarrollo y la producción de medicamentos prioritarios contra amenazas sanitarias graves; la Comunidad ha adoptado ya una serie de iniciativas con el objetivo de velar por la disponibilidad de medicamentos antivíricos y vacunas para el caso de una pandemia de gripe.
Preparación en los demás sectores y preparación intersectorial
Los mecanismos requeridos para hacer frente a las emergencias de salud pública más allá del sector sanitario se refieren a estos dos aspectos:
  • ayudar a las autoridades públicas sanitarias cuando han de realizar intervenciones médicas;
  • llevar a cabo actividades que corresponden esencialmente a sectores distintos del de la salud pública, tales como la logística, la descontaminación, el transporte, las telecomunicaciones, las operaciones de protección civil y defensa civil, el mantenimiento del orden, etc.
La aplicación de algunas medidas requerirá la intervención de autoridades ajenas a los servicios sanitarios y por tanto necesitará una coordinación entre unos y otros.
La preparación en otros países es también un aspecto fundamental para que la Unión Europea pueda estar protegida de los riesgos para la salud que pudieran propagarse desde estos países hacia la UE. Es importante pues elaborar un planteamiento coordinado dentro y fuera de la Unión Europea con el fin de proteger la salud de los ciudadanos de la UE contra amenazas tanto conocidas como imprevistas que afectan a la salud pública.

Sistema de alerta precoz y respuesta para la vigilancia y el control de las enfermedades transmisibles

El sistema de alerta precoz y respuesta es un elemento de la red general de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles creado en la Comunidad en 1998. En el acto se dispone que el sistema deberá utilizarse únicamente en caso de que un hecho de alcance comunitario pueda convertirse en una amenaza para la salud pública. Asimismo, se establecen los procedimientos que regulan el funcionamiento del sistema. Las disposiciones del presente Reglamento garantizan la protección de los datos de carácter personal durante las búsquedas de contactos a escala europea.

ACTO

Decisión 2000/57/CE de la Comisión de 22 de diciembre de 1999 relativa al sistema de alerta precoz y respuesta para la vigilancia y control de las enfermedades transmisibles en aplicación de la Decisión nº 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [Diario Oficial L 21 de 26.1.2000] [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

HECHOS QUE DEBEN COMUNICARSE
El sistema de alerta precoz y respuesta (SAPR) de la red comunitaria de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles está reservado a hechos de alcance comunitario que puedan convertirse en una amenaza para la salud pública. Los Estados miembros notificarán este tipo de hechos y después recopilarán e intercambiarán toda la información necesaria en relación con ellos. El ámbito de aplicación del SAPR también comprenderá la notificación y la coordinación de las contramedidas aplicadas o previstas para responder a los acontecimientos que constituyan una amenaza para la salud. Esta coordinación entre Estados miembros se llevará a cabo junto con la Comisión.
Los hechos causados por enfermedades transmisibles y las medidas sanitarias adoptadas para afrontarlas, deberán notificarse simultáneamente al SAPR y a la Organización Mundial de la Salud (OMS) si constituyen una emergencia de importancia internacional en virtud del Reglamento Sanitario Internacional (RSI).
En el marco de la red de alerta precoz y respuesta, deberán notificarse los hechos que figuran a continuación:
  • brotes de enfermedades transmisibles que se extiendan a más de un Estado miembro de la Comunidad;
  • acumulación espacial o temporal de casos de enfermedades del mismo tipo, en caso de que su posible causa sea la existencia de agentes patógenos y exista riesgo de propagación entre Estados miembros;
  • acumulación espacial o temporal de casos de enfermedades del mismo tipo fuera de la Comunidad, en caso de que su posible causa sea la existencia de agentes patógenos y exista riesgo de propagación a la Comunidad;
  • aparición o reaparición de una enfermedad transmisible o un agente infeccioso cuya contención puede exigir la actuación oportuna y coordinada de la Comunidad.
  • manifestaciones patológicas o los hechos que impliquen un riesgo de enfermedad transmisible y medidas conexas notificadas a la OMS de acuerdo con el RSI 2005.
Las autoridades competentes de los Estados miembros recogerán y se intercambiarán toda la información necesaria en relación con tales hechos, y todas las medidas adoptadas o previstas para hacer frente a estos hechos o a la indicación de ellos, por ejemplo recurriendo a la red nacional de vigilancia o a las estructuras de vigilancia epidemiológica de la red.
BÚSQUEDA DE CONTACTOS
Cuando las autoridades competentes de los Estados miembros adopten medidas para buscar personas que hayan estado expuestas a una fuente de agentes infecciosos, y que hayan desarrollado o puedan desarrollar una enfermedad transmisible de relevancia comunitaria (“búsqueda de contactos”), podría producirse un intercambio de datos de carácter personal en el SAPR. Para intercambiar datos de carácter personal, los Estados miembros implicados en la búsqueda de contactos recurrirán obligatoriamente a un canal de comunicación selectiva. Este ofrecerá las garantías necesarias durante la comunicación de los datos de carácter personal en el marco del SAPR, y solo permitirá que circulen por el sistema datos de carácter personal adecuados, pertinentes y no excesivos. A modo de indicación, se ha establecido una lista de datos personales específica para la búsqueda de contactos. Incluye información relativa:
  • al viajero;
  • a los acompañantes del viajero;
  • a las coordenadas de las personas con las que sea preciso contactar en caso de emergencia.
La legislación europea relativa a la protección de datos personales (Directiva 96/45/CE y Reglamento 45/2001/CE) da fe aquí.
PROCEDIMIENTOS
En la Decisión se establecen procedimientos de información, consulta y cooperación entre los Estados miembros, por una parte, y en contacto con la Comisión, por otra. Estos procedimientos se aplican a tres niveles:
Nivel 1 de activación: intercambio de información
Este nivel 1 se activa cuando la información recogida a nivel nacional sugiere la probabilidad de que se produzca un hecho amenazador para la salud. En tal caso, la Comisión y los Estados miembros de que se trate deben intercambiar rápidamente información. Las autoridades nacionales competentes deben evaluar lo antes posible la información recabada.
Nivel 2 de activación: amenaza en potencia
En los casos de amenaza en potencia para la salud pública, existen procedimientos similares de información, consulta y cooperación. Están previstas fases de verificación/evaluación de la información y de desactivación del sistema.
Nivel 3 de activación: amenaza confirmada
En caso de amenaza confirmada, las autoridades sanitarias de que se trate informarán sin demora a sus homólogos de otros Estados miembros y a la Comisión de la naturaleza y del alcance de la amenaza en potencia. También informarán de las medidas que se propongan adoptar, solas o en cooperación con otros Estados miembros.
Coordinación de las medidas
Las autoridades de salud pública de que se trate informarán sin demora a los demás Estados miembros y a la Comisión sobre los progresos realizados y los resultados de las medidas adoptadas. Estos podrán adoptar medidas ulteriormente a escala comunitaria. La Comisión ayudará a los Estados miembros a coordinar sus actividades dirigidas a afrontar la amenaza para la salud pública y a proteger a la población.
Desactivación
El sistema se desactivará cuando así lo acuerden los Estados miembros afectados, que informarán de ello a los demás Estados miembros y a la Comisión.
Información a la población y a los profesionales de los sectores afectados
Si se produce uno de los hechos mencionados, los Estados miembros afectados pondrán sin demora a disposición de la población y de los profesionales de los sectores afectados el material informativo adecuado. Asimismo, informarán de las medidas adoptadas.