Jesús Hurtado | ÚN.-  Con el fin de aligerar las operaciones de exportación e importación, la reciente reforma de la Ley Orgánica de Aduanas creó el operador económico especial, una figura que podrá beneficiarse de procedimientos simplificados de control y despacho de mercancías, así como de cualquier otro beneficio que otorguen las autoridades.

El impacto de la medida radica en que, además de los agentes aduanales, transportistas, almacenadoras, empresas de courier y operadores portuarios, la administración aduanera podrá nombrar a cualquier empresa importadora, productor, fabricante o exportador como operador especial, lo cual en la práctica le permitirá a cualquier persona natural o jurídica optar por beneficios especiales a la hora de importar o exportar.

De acuerdo con el artículo 113 de la reformada ley, “el procedimiento de despacho simplificado de mercancía al operador económico incluirá los órganos, entes y servicios involucrados en el proceso de desaduanamiento”, lo cual significa una simplificación total de todo el procedimiento que va desde el desembarco hasta la nacionalización y retiro de la mercancía.

La calificación como operador autorizado, según el artículo 115, se otorgará por tiempo indeterminado y podrá ser revocada o suspendida en cualquier momento cuando la persona incumpla los requisitos, obligaciones y condiciones establecidas para la concesión de la calificación.

La ley también crea una serie de impuestos hasta ahora inexistente. Entre ellos, destaca el pago de ocho unidades tributarias (UT) por cada hora de uso del sistema informático obligatorio para realizar todos los trámites aduanales.

En cuanto a las sanciones, prevé incrementos de hasta 1.000% en las multas que deberán pagar los infractores.

Eso significa que multas que hasta ahora pagaban entre tres y cinco unidades tributarias fueron incrementadas a 30 y 50 UT, respectivamente.

En el caso de infracciones durante la utilización del sistema informático, las multas que antes variaban entre 100 y 1.000 UT fueron unificadas sobre la base del valor más alto.

También se crean sanciones específicas para los responsables de tiendas duty free, quienes pagarán 100 UT por vender mercancía a personas distintas a viajeros en tránsito o que salga o lleguen al país. 


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