ÚN | Arnoldo Arcaya.- Como todos los años, debes cancelar el impuesto sobre la renta (Islr) antes del 31 de marzo para evitar multas.
Tienen la obligación de declarar y pagar las personas naturales con un ingreso anual superior a mil unidades tributarias UT (Bs 177.000), o no asalariados con ingresos mayores a las 1.500 UT (Bs 265. 500), pues el precio de la UT es de Bs 177.
Es importante que tengas en cuenta que lo que percibas como bonos, utilidades y cualquier otra remuneración, e incluso los créditos y préstamos de bancos, debes incluirlos en la suma total de los ingresos.
Quienes trabajen y devengan menos de esos montos, sean jubilados, pensionados, asegurados, estudiantes becados o quienes perciban indemnizaciones, están exentos de impuestos, pero igual deben declarar, pues la planilla que emite el sistema la solicita el Estado en caso de que quiera viajar y necesite tramitar dólares, y los bancos para créditos.
En el proceso de la declaración podrás agregar todos los gastos justificados que haces anualmente para satisfacer tus necesidades y las de tu familia, los cuales van a tener incidencia en el pago final.
El Capítulo II de la Ley de Impuesto Sobre la Renta explica los desgravámenes que pueden declarar:
Educación: Pagos a instituciones personales y de hijos menores de 25 años.
Vivienda: Pagos de intereses por préstamos bancarios para la adquisición de vivienda o cuotas de alquiler.
Salud: Pagos por primas de seguro de HCM, y gastos médicos, odontológicos y de hospitalización, tanto del contribuyente como de las personas a su cargo. Aquellas personas responsables directos de menores de edad, incapacitados o estudiantes menores de 25 años, agregados como cargas justificadas, también tendrán deducibles.
Multas. Quienes no declaren serán sancionados con 150 UT (Bs 26.550), y quienes lo hagan luego del 31 de marzo deberán pagar 50 UT (Bs 8.550).
Tienen la obligación de declarar y pagar las personas naturales con un ingreso anual superior a mil unidades tributarias UT (Bs 177.000), o no asalariados con ingresos mayores a las 1.500 UT (Bs 265. 500), pues el precio de la UT es de Bs 177.
Es importante que tengas en cuenta que lo que percibas como bonos, utilidades y cualquier otra remuneración, e incluso los créditos y préstamos de bancos, debes incluirlos en la suma total de los ingresos.
Quienes trabajen y devengan menos de esos montos, sean jubilados, pensionados, asegurados, estudiantes becados o quienes perciban indemnizaciones, están exentos de impuestos, pero igual deben declarar, pues la planilla que emite el sistema la solicita el Estado en caso de que quiera viajar y necesite tramitar dólares, y los bancos para créditos.
En el proceso de la declaración podrás agregar todos los gastos justificados que haces anualmente para satisfacer tus necesidades y las de tu familia, los cuales van a tener incidencia en el pago final.
El Capítulo II de la Ley de Impuesto Sobre la Renta explica los desgravámenes que pueden declarar:
Educación: Pagos a instituciones personales y de hijos menores de 25 años.
Vivienda: Pagos de intereses por préstamos bancarios para la adquisición de vivienda o cuotas de alquiler.
Salud: Pagos por primas de seguro de HCM, y gastos médicos, odontológicos y de hospitalización, tanto del contribuyente como de las personas a su cargo. Aquellas personas responsables directos de menores de edad, incapacitados o estudiantes menores de 25 años, agregados como cargas justificadas, también tendrán deducibles.
Multas. Quienes no declaren serán sancionados con 150 UT (Bs 26.550), y quienes lo hagan luego del 31 de marzo deberán pagar 50 UT (Bs 8.550).
aarcaya@grupo-un.com
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