Eligio Rojas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anuló la designación de Rafael Arcángel González Arias como vicefiscal general de la República, según se lee en la sentencia N° 470 difundida este martes en horas de la noche. González Arias fue nombrado por la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, el 17 de abril pasado según Gaceta Oficial 41.132.
Los magistrados anuncian en la sentencia redactada en forma conjunta que en los próximos días designará un nuevo Vicefiscal General. Alertaron que el nombramiento de González Arias “es contraria a la Constitución (artículo 187, numeral 24) y a la Ley Orgánica del Ministerio Público (véase, artículo 25 numeral 3), por cuanto la misma requiere la previa autorización de la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea Nacional, órgano que para el momento en que se efectuó la designación se encontraba y aún se mantiene en una situación fáctica consistente en el desacato”.
De allí, que al haber designado a González Arias bajo ese esquema la Fiscal “lo hizo al margen de lo establecido en la Constitución y en la Ley que rige las funciones del órgano que representa”. Eso le lleva concluir a los magistrados que Ortega Díaz “incurrió en un error inexcusable en los términos establecidos en el artículo 22 numerales 8 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano”.
Basado en ese análisis la Sala declaró nulos todos los actos y actuaciones realizadas por González Arias en las cuales haya fungido como Vicefiscal General.
González Arias reemplazó a Alix Boscán, quien fue removida como vicefiscal porque presuntamente estuvo en desacuerdo con las declaraciones de Ortega Díaz del viernes 31 de marzo pasado donde denuncio la ruptura del hilo constitucional. De hecho en el video se observa que todos los directores aplaudieron la proclama de la Fiscal a excepción de Boscán.
Inadmisible. En esa misma sentencia 470 la Sala Constitucional declaró inadmisible el recurso de nulidad interpuesta por Ortega Díaz contra el decreto 2.878 mediante el cual Maduro estableció las bases comiciales para la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).
Los magistrados trataron el asunto como una “cosa juzgado” debido a que el 12 de junio pasado determinaron que el mencionado decreto “no incurre en violación alguna al modelo federal venezolano”.
El recurso de nulidad fue consignado por Ortega Díaz el 19 de junio pasado y le acompañaron en dicho acto el director de Actuación Procesal, Zair Mundaray y González Arias.
Ortega Díaz solicitó revocar el citado decreto porque  a su juicio está viciado de nulidad ya que “menoscaba principios y derechos constitucionales”. Añade la Fiscal que la convocatoria a una ANC se realizó en forma “ilegítima e inconstitucional”. Esto debido a que “no está constitucionalmente previsto que el Presidente de la República ni ningún otro órgano del poder constituido, pueda convocar una Asamblea Nacional Constituyente y así se solicita sea declarado”.
La titular del Ministerio Público argumentó que “la democracia representativa contemporánea se sustenta en el principio del llamado igualdad del voto…sin distinciones fundadas en el índice poblacional”. Ortega Díaz solicitó que el recurso fuera tramitado por otros magistrados debido a que los actuales integrantes de la Sala Constitucional están “comprometidos en la emisión de unas sentencias alejadas del Estado Social de Derecho y de Justicia”.